lunes, 30 de mayo de 2011

estado familiar


EL ESTADO FAMILIAR DE LAS PERSONAS
           
Las personas Pueden Tener Algunos de los estados y familiares y siguientes:
-Soltero: Por no estar ligado por El vínculo matrimonial;
-Casado: Por haber contraído matrimonio;
-Divorciado: Para quien ha disuelto su matrimonio Vínculo civil, quedando en aptitud de contraer un nuevo matrimonio;
-Viudo: Por muerte de alguno de los cónyuges; y
-Concubina o concubinario: el concubinato es la unión de un hombre y una mujer libres de matrimonio, que Durante más de cinco años, de Manera Pacífica, continua y permanente y pública, hacen vida en común como si estuvieran casados.

            En el Estado de Hidalgo, Estará un Cargamento de los Oficiales del Registro del Estado Familiar, con Facultades, Atribuciones, obligaciones y derechos para constatar y Autorizar los actos del estado familiar y las Actas y Relativas Extender un nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, concubinato, divorcio, tutela, emancipación y muerte de los mexicanos y extranjeros residentes en la demarcación mencionada, inscribir las Ejecutorias que declaren la ausencia, La presunción de muerte, la de haber perdido la Capacidad jurídica para Administrar Bienes y las Resoluciones definitivas del Estado Familiar de Las personas, la Cuales se asentarán en documentos especiales que se denominarán "Formas del Registro del Estado Familiar" de las que se llevara un duplicado en la Dirección del Registro del Estado Familiar. (art. 393 de la Ley para la Familia en el Estado de Hidalgo).
                                                    

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